Resulta cada vez más común que lleguen a nuestro despacho consultas preguntando por el “divorcio express” y a raíz de estas consultas nos hemos dado cuenta de que existe algo de confusión en torno a este tipo de procedimientos y los requisitos necesarios para someterse a ellos.
Por esta razón, veo interesante hacer un breve repaso por las diferencias entre divorcio judicial y divorcio notarial, sus diferencias más relevantes y sus requisitos.
El divorcio judicial es aquel en el que los abogados presentamos las demandas y los convenios reguladores (en caso de que sea de común acuerdo), ante los Juzgados de un determinado partido judicial.
Para este tipo de procedimientos, será necesario asistir tanto con abogado como con procurador, y el procedimiento se tramitará en el juzgado que por turno corresponda.
Si estamos ante un divorcio de mutuo acuerdo, la tramitación de este tipo de divorcios ante el juzgado puede durar -en la mayoría de los casos- unos seis meses.
El divorcio notarial es aquel que se lleva a cabo ante un Notario, siendo conocido como “divorcio express”, pues su tramitación es mucho más rápida al depender única y exclusivamente del trabajo del abogado y de la agenda del Notario.
Sin embargo, no todo el mundo puede tramitar su divorcio por esta vía, pues para ello son menester una serie de requisitos:
- Que el matrimonio no haya tenido hijos o si los tiene, sean mayores de edad y estén totalmente independizados, esto es, que no se tenga que regular ninguna cuestión relativa a su guarda ni a pensiones de alimentos.
- Que el divorcio sea de común acuerdo y se firme un convenio regulador en el que se sienten todas las bases tanto personales como patrimoniales de la disolución matrimonial.
Este tipo de procedimientos son ideales para aquellas personas que requieran de cierta rapidez en la tramitación del divorcio, sin embargo, debe tenerse en cuenta que su tramitación es más costosa económicamente pues se tendrán que atender tanto los honorarios de abogado como los del notario, que son más elevados que los de un procurador.
En ACS FAMILIAS estamos especializados en la llevanza de divorcios en todas sus modalidades, no duden en contactarnos para obtener la información y asesoramiento que precisen.
Lía Alfonso Gómez
Socia de ACS ADVOCATS y Directora de ACS FAMILIAS
Socia 677 de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia