Esa pregunta me planteó un posible cliente que me llamaba desde Ecuador a principios del mes de julio al mismo tiempo que me comentaba su urgencia en realizar los trámites de divorcio de su matrimonio celebrado en España porque su futura ex – esposa debía trasladarse a California en las próximas semanas.
Al no tener hijos ni bienes en común, la opción más rápida sin lugar a dudas es el divorcio notarial, sin embargo, ninguna de las partes podía viajar a España para su formalización.
Así que, en un trabajo conjunto con nuestra Notaria de Granollers de confianza, procedimos a asesorar al cliente para que desde Ecuador me otorgaran poderes a mi como su abogada en España para poder firmar el Convenio Regulador en su nombre, así como la Escritura Notarial de Divorcio.
Esos poderes tuvieron que ser Apostillados en la sede del Ministerio de Exteriores en Guayaquil y mandarse de urgencia por mensajería a nuestro despacho en Calle Foment 14 de Granollers.
Una vez con los poderes a mi disposición, procedí a la redacción del Convenio Regulador, a la preparación de toda la documentación que debe acompañarlo y a enviárselo a la Notaría, para que me dieran hora para su firma lo antes posible.
Dos semanas después de recibir el encargo profesional desde Ecuador, nuestros clientes ya se encuentran legalmente divorciados en España, sin necesidad de coger un avión ni de realizar todas las gestiones costosas que conlleva un viaje internacional de esas características. Lo único que tuvieron que hacer es llamarnos, otorgarnos poderes en su país y dejarlo todo en manos de ACS FAMILIAS.
Si usted se encuentra en una situación similar, no lo dude, contáctenos y trataremos de atender sus necesidades de la manera más eficaz posible.
Lía Alfonso Gómez
Socia de ACS ADVOCATS y Directora de ACS FAMILIAS
Socia número 677 de la Sociedad Catalana de Abogados de Familia